Amnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsAmnesty IconsCovid IconsCovid IconsCovid IconsCovid IconsCovid IconsCovid Icons
Actuem pels drets humans a tot el món

Sri Lanka

Información extraída de nuestro INFORME La situación de los derechos humamos en el mundo, abril 2024

El gobierno intensificó la represión de la disidencia mientras miles de personas protestaban por la nefasta situación económica. Los derechos a la libertad de expresión y reunión pacífica fueron ferozmente atacados por los organismos encargados de hacer cumplir la ley, que en ocasiones utilizaron fuerza ilegítima y provocaron lesiones y muertes. En aplicación de la draconiana legislación antiterrorista se detuvo y recluyó de manera arbitraria a manifestantes, que sufrieron malos tratos bajo custodia. Siguieron sin abordarse violaciones graves de los derechos humanos cometidas durante el conflicto armado interno. Las familias de personas sometidas a desaparición forzada continuaron pidiendo verdad y justicia. La reforma de la Ley de Prevención del Terrorismo no resolvió motivos de preocupación clave en materia de derechos humanos, y se siguió utilizando la Ley para atacar a la población musulmana y tamil.

Derechos económicos, sociales y culturales

La crisis económica de Sri Lanka tuvo consecuencias catastróficas en materia de derechos humanos, al llegar la inflación al 73,7% en septiembre, y al 85,8%, en el caso de los alimentos. El acceso a los alimentos, la atención médica y la educación se vio gravemente afectado, y los programas de seguridad social existentes resultaban insuficientes para satisfacer las necesidades, cada vez mayores. La escasez de combustible provocó cortes de suministro eléctrico de hasta 13 horas al día. La situación económica se cebó con aquellas personas que desempeñaban trabajos precarios y dependían de jornales diarios.

Libertad de expresión, asociación y reunión

El Estado endureció la represión de la disidencia rápidamente cuando la población salió a la calle a protestar por la crisis económica. Desde finales de marzo, hubo congregaciones de cientos de manifestantes frente a edificios del gobierno y residencias de la élite política. Aunque las protestas eran en general pacíficas, las autoridades restringieron por diversos medios la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica.

Se declaró el estado de excepción en al menos 3 ocasiones —abril, mayo y julio—, y en la última se prolongó hasta mediados de agosto. La normativa que acompañaba a cada declaración confería a las autoridades amplias facultades de arresto y detención sin el debido proceso y sin supervisión judicial. El 9 de mayo, simpatizantes del gobierno atacaron una protesta pacífica que se celebraba frente a la Secretaría Presidencial, a lo que los grupos contrarios al gobierno respondieron con otros ataques. Según las autoridades, en la violencia que se desató a continuación murieron 9 personas, entre ellas un diputado, y más de 220 resultaron heridas.

A menudo, las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley trataban de conseguir órdenes judiciales preventivas contra los actos de protesta sin alegar ninguna justificación razonable, o se negaban a autorizar las manifestaciones previstas, lo que vulneraba el derecho a la libertad de reunión pacífica.

El gobierno seguía debatiendo la reforma de la Ley de Organizaciones de Servicios Sociales Voluntarios. Las modificaciones propuestas restringían el derecho a la libertad de asociación, ya que podían obstaculizar el funcionamiento de las ONG —por ejemplo, al imponerles dilatados procesos de inscripción en el registro, así como multas y penas de prisión en caso de no registrarse— y confería a las autoridades facultades para suspenderlas, ilegalizarlas y disolverlas.

Detención y reclusión arbitrarias

En numerosas ocasiones, las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley detuvieron a manifestantes de manera arbitraria y sin seguir el debido proceso, hasta el punto de que, a veces, la detención era efectuada a la manera de un secuestro por agentes sin uniformar y sin ninguna orden de detención. Con frecuencia no se especificaba el motivo de la detención ni se informaba sobre el lugar de reclusión. Este tipo de detenciones vulneraban el derecho de la persona detenida a la libertad y a la seguridad, así como a un juicio justo, dejándola fuera de la protección de la ley y en peligro de sufrir tortura y otros malos tratos.

Las autoridades recurrieron al estado de excepción y a la legislación penal —incluidas la Ley de Prevención del Terrorismo y la Ley de Bienes Públicos— para reprimir las protestas y castigar a quienes participaran en ellas. Se presentaron cargos contra manifestantes —incluidos defensores y defensoras de los derechos humanos, sindicalistas y estudiantes— por haber participado en “reuniones ilegales”. Asimismo, se prohibió a algunas de esas personas viajar o se las acusó, de manera selectiva, de desobediencia civil.

Se empleó de manera excesiva y desproporcionada la draconiana Ley de Prevención del Terrorismo contra quienes se manifestaban. En agosto, el presidente Ranil Wickremesinghe aprobó la detención de tres líderes de las protestas estudiantiles en aplicación de esa ley. Los cargos contra Hashan Jeewantha se retiraron en octubre, mientras que Siridhamma Thero quedó en libertad bajo fianza en noviembre. Por su parte, Wasantha Mudalige continuaba recluido al terminar el año.

Uso excesivo de la fuerza

Hubo numerosos casos de empleo de fuerza excesiva e innecesaria contra personas que hacían cola para abastecerse de combustible. En mayo, el Ministerio de Defensa autorizó a las fuerzas armadas para abrir fuego contra saqueadores o contra “cualquier persona que causara daños a otra”. En numerosas ocasiones se movilizó al ejército para vigilar protestas civiles.

En la respuesta a las manifestaciones era habitual el uso indebido de gas lacrimógeno y cañones de agua, que afectaba tanto a quienes se manifestaban —incluidos niños y niñas— como a transeúntes. Este tipo de tácticas causaron al menos una muerte en un acto de protesta celebrado en julio. En muchas ocasiones se disparó munición real contra manifestantes, lo que provocó la muerte a una persona y heridas a más de 20 en Rambukkana en el mes de abril, y lesiones graves a varias más en la capital, Colombo, en julio. También en julio, las fuerzas de seguridad agredieron a periodistas que cubrían en directo por televisión un acto de protesta ante la residencia del presidente.

El 21 de julio, el ejército, la policía y fuerzas especiales llevaron a cabo una operación nocturna conjunta, sin aviso previo, para retirar a la fuerza a un grupo de manifestantes que dormían en tiendas de campaña ante la Secretaría Presidencial, y a otro que había ocupado el edificio. Tanto los manifestantes como los periodistas que cubrían los hechos recibieron golpes. La zona quedó cerrada, con lo que ya no pudieron acceder a ella ni medios de comunicación, ni profesionales del derecho ni activistas. Más de 50 personas resultaron heridas —según la información recibida— y 9 fueron detenidas. Algunas de estas últimas afirmaron haber sido torturadas o sometidas a otros malos tratos bajo custodia.

En julio se produjo la muerte violenta de un hombre en el Centro de Rehabilitación de Kandakadu, destinado principalmente a la detención de drogodependientes. La autopsia determinó que había muerto a causa de las heridas que tenía por todo el cuerpo, causadas con un arma contundente. Este hecho dio lugar a la detención de miembros de las fuerzas armadas. En septiembre, el gobierno presentó el proyecto de Ley de la Oficina de Rehabilitación, que, de ser aprobado, autorizaría la reclusión forzada de “drogodependientes” en centros de “rehabilitación” gestionados por el ejército.

Impunidad

Aunque el gobierno había garantizado su suspensión, se siguió utilizando la Ley de Prevención del Terrorismo, que en años anteriores había facilitado torturas, desapariciones forzadas y periodos prolongados de reclusión sin juicio. La reforma de esta ley en 2022 siguió sin armonizarla con el derecho y las normas internacionales, ya que —entre otros motivos de preocupación— continuaba facilitando la reclusión prolongada sin cargos.

Las autoridades no hicieron ningún avance a la hora de juzgar ante tribunales civiles ordinarios y con las debidas garantías a todas las personas sospechosas de responsabilidad penal por violaciones denunciadas del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos cometidas durante los tres decenios de conflicto. Tampoco hubo avances en casos emblemáticos. En vista de que Sri Lanka no resarcía a las víctimas de crímenes de derecho internacional y violaciones graves de derechos humanos, el Consejo de Derechos Humanos de la ONU aprobó una resolución en octubre por la que se ampliaba y reforzaba el mandato y la capacidad del proyecto sobre rendición de cuentas en Sri Lanka de la Oficina del Alto Comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, a fin de reunir, unificar, analizar y preservar la información y las pruebas de cara a futuros procesos de rendición de cuentas.

Derecho a verdad, justicia y reparación

Los organismos nacionales de justicia transicional, como la Oficina de Personas Desaparecidas y la Oficina para Reparaciones, perdieron aún más la confianza de las familias de las víctimas tras la designación de miembros que no se consideraban independientes. Las familias denunciaron haber sido vigiladas e intimidadas y se quejaron de las restricciones que se les habían impuesto para celebrar protestas y actos de conmemoración pacíficos, al tiempo que se las presionaba para que aceptaran indemnizaciones económicas y certificados de defunción en lugar de declaraciones de ausencia hasta que se verificara la suerte de las personas desaparecidas.

El gobierno mostró un interés renovado por la creación de una comisión de la verdad y la reconciliación para abordar las reivindicaciones de las personas afectadas por la guerra. Sin embargo, al concluir el año ese proceso seguía sin ajustarse a las conclusiones de las consultas públicas celebradas sobre mecanismos de reconciliación.

Los mecanismos nacionales de resarcimiento —incluida la Comisión Nacional de Derechos Humanos— seguían politizados. En octubre, el Parlamento aprobó una reforma de la Constitución con el fin —en teoría— de que la designación de miembros de las principales comisiones fuera más independiente. Sin embargo, a su vez, el consejo encargado de llevar a cabo esa designación tenía que ser nombrado por una mayoría de miembros del gobierno, con lo que su independencia quedaba en cuestión. La Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos recomendó rebajar la categoría de acreditación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos debido a su falta de independencia, entre otros motivos de preocupación.

Discriminación

Derechos de lesbianas, gays, bisexuales, transgénero e intersexuales (LGBTI)

En un emblemático dictamen, el Comité de la ONU para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer concluyó en marzo que la tipificación de la actividad sexual consentida entre mujeres como delito en el artículo 365A del Código Penal de Sri Lanka (1883) vulneraba el derecho de éstas a la no discriminación. En consecuencia, el Comité instó a las autoridades de Sri Lanka a despenalizar la actividad sexual consentida entre mujeres. En agosto, por iniciativa de un miembro del Parlamento, se remitió al presidente una proposición de ley con el fin de modificar las disposiciones del Código Penal que penalizaban la actividad sexual entre personas del mismo sexo, pero al concluir el año el texto no había recibido aún el apoyo del gobierno.

Derechos de las minorías

El uso que se hacía de la Ley de Prevención del Terrorismo seguía afectando a las minorías musulmana y tamil de manera desproporcionada. Incluso en casos en los que una persona acusada quedaba en libertad bajo fianza —como Hejaaz Hizbullah, Ahnaf Jazeem, Davaniya Mukunthan y Mohamed Imran— sus medios de vida se veían afectados por las condiciones de la fianza, que incluían la congelación de activos y la limitación de actividades con las que conseguir ingresos.

República Socialista Democrática de Sri Lanka
Jefe del Estado y del gobierno: Ranil Wickremesinghe (sustituyó a Gotabaya Rajapaksa en julio)