Amnistia Internacional Catalunya, Grup d'educació
 Refugiados, migrantes  > Índice de textos sobre refugiados y migrantes

Igualdad ante la ley del inmigrante
Javier de Lucas.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos. Asociación para las Naciones Unidas en España. Icaria, Barcelona, 1998 (p. 181-184)
El más grave -por lo urgente- es quizá el problema de los límites del principio de igualdad ante la ley en relación con los extranjeros. En alguna ocasión he utilizado la metáfora de la «institucionalización jurídica de la xenofobia» para referirme a la pretendida condición «natural» de la discriminación entre ciudadanos (nacionales) y extranjeros, que es tan sólo la muestra de un estadio en la conciencia histórica, ligado al modelo de Estado nacional. La ciudadanía nacional, en ese sentido, como apunta por ejemplo Ferrajoli, es cada vez más percibida como un privilegio difícilmente conciliable con el principio de igualdad, pero estamos todavía lejos de ofrecer una respuesta satisfactoria a esta deficiencia.

Y es que el desafío que plantean los flujos migratorios al discurso de los derechos humanos y, por supuesto, a su actual institucionalización está por resolver en la medida en que ni siquiera hemos empezado a afrontarlo adecuadamente. En efecto, la lección más importante que nos ofrece una reflexión que se pretenda mínimamente cuidadosa acerca de la relación entre inmigración y derechos humanos, y más aún en un contexto de euforia por la convergencia europea -que parece haber dejado en segundo término o 'ad calendas graecas' otros objetivos como el emplea, por no hablar de la construcción de la UE como un espacio político que satisfaga las condiciones de legitimidad democrática y permita una «ciudadanía europea» que no sea mero elemento de discriminación-, es la confirmación del viejo lema de Ihering que pone en relación directa los derechos humanos con el ideal emancipatorio, sin renunciar a las exigencias concretas: el Derecho no es otra cosa sino lucha por el Derecho, por los derechos.

En efecto, si las libertades públicas y los derechos políticos fueron sobre todo el triunfo de la burguesía frente al poder absoluto, si los derechos sociales fueron en su mayor medida el resultado del empuje del movimiento obrero, de los sindicatos y de los partidos de izquierda, hoy son nuevos los protagonistas de ese proceso social de lucha, de tensión crítica contra al poder establecido y, lo que es no menos importante, frente a las viejas categorías históricas que se resisten a alumbrar otras que den satisfacción a las demandas de esos agentes sociales, empezando por la primera: su reconocimien-to como sujetos, como agentes del orden político, económico, cultural, social. Dicho de otra forma, un nuevo sujeto social pugna por romper el círculo cerrado de la ciudadanía entendida como fortaleza, por derribar un (pen)último muro, el de la negación de los derechos y aun de la condición de sujeto de derechos a los extranjeros, el de su exclusión del espacio público (relegados sólo a lo privado, cuando no a lo clandestino). Y al hablar de extranjeros habría que decir, mejor, inmigrantes. Porque de eso se trata, de romper la barrera entre los derechos del hombre y los del ciudadano, de adquirir los papeles que permiten participar en la toma de decisiones y en la distribución de los resultados -la riqueza y los derechos- desde su condición, y no pese a ella o, como sucede hoy, renunciando a ella. Hoy son los inmigrantes, como se ha apuntado desde muy diferentes posiciones, quienes representan ese nuevo sujeto universal, ese nuevo grupo de desposeídos de todo salvo de su condición de seres humanos, que les permite convertirse en agentes de la lucha por vencer frente a la penúltima barrera a la que se enfrenta el viejo ideal emancipador de los derechos humanos. A ellos cabe aplicar el análisis que Arendt dedicara a los refugiados, desprovistos de todo arraigo, obligados a aceptar consecutivamente toda suerte de máscaras para alcanzar la definitiva, el prósopon que les permita el arraigo. Obligados a probar permanentemente una voluntad de integración que poseen en mayor grado que buena parte de la ciudadanía, al mismo tiempo que se les niegan de hecho los medios para esa integración.

En mi opinión, Balibar ha explicado con acierto el desafío que plantea hoy la transformación de los flujos migratorios en un contexto histórico marcado por dos rasgos aparentemente congruentes, la sociedad globalizada y el discurso universalista de los derechos, dos características que se subrayan particularmente en el caso europeo. En efecto, lo que se pone de manifiesto hoy es la contradicción que alcanza casi los términos de aporía entre el ideal universalista o al menos cosmopolita de los derechos y la ciudadanía como regla de exclusión necesaria (al menos justificada como inevitable) que se aplica a los inmigrantes. La contradicción debida a la presencia de «grupos crecientes de extranjeros que aparecen tendencialmente, por anticipación y adaptación, como típicos de una sociabilidad y una ciudadanía nuevas, opuestas a lo nacional». Es la aporía de proclamar el universalismo al tiempo que se apuesta por el apartheid respecto a quienes están ya aquí y contribuyen con su trabajo y su cultura a la construcción de un espacio público nuevo, más rico, en el que sin embargo se les niega la presencia en condiciones de igualdad.