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 Los derechos humanos. Teorías y definiciones
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Características de los derechos humanos
Victòria Camps.
Evolución y características de los derechos humanos. Los fundamentos de los derechos humanos desde la filosofía y el derecho. Colectivo. EDAI, 1998 (pag. 21 y 22)
Las declaraciones de principios pueden progresar, pero también pueden retroceder y enmendar ideas ya establecidas. Para que tal cosa no ocurra, creo que es necesario afirmar una serie de características que los derechos humanos básicos no pueden olvidar:

1. Son derechos individuales. Antes he señalado que los derechos humanos pueden ser considerados todos ellos como derechos a la libertad individual. Se trata de proteger el libre desarrollo y el derecho de las personas a elegir la forma de vida que quieran, tanto contra los posibles totalitarismos políticos como contra los poderes sociales dominantes. Las únicas, intervenciones en las libertades individuales que los derechos permiten y no tratan de asegurar son aquellas sin las cuales la libertad no es real, por ejemplo, la intervención para garantizar la educación, la protección de la salud o la protección del medio ambiente. Si en algún momento se ha hablado de los derechos de los pueblos ha sido para señalar la autodeterminación de los pueblos colonizados como una exigencia o una condición necesaria de los individuos de estos pueblos para hacer uso de su libertad.

2. Son derechos universales. Si bien es cierto que el principal promotor de los derechos humanos ha sido el pensamiento occidental, también lo es que estos derechos han sido vistos siempre como los mínimos que han de ser reconocidos e incorporados por cualquier constitución de un estado de derecho. No estamos en el ámbito del derecho positivo, sino en el de la ética, y no se puede hablar de ética desde un relativismo extremo. Es posible relativizar la interpretación o la aplicación de algunos derechos fundamentales, pero no negarlos o rechazarlos desde un principio con el pretexto de que son occidentales o establecidos por la clase dominante. Los valores recogidos por los derechos humanos son lo suficientemente abstractos para que puedan ser suscritos por cualquier cultura; la libertad, la igualdad, la solidaridad. La Declaración de 1948 fue una declaración "universal". No se trataba de poner unos fundamentos válidos para unos cuantos, sino de establecer las bases de las relaciones humanas universales.

3. Son derechos irreversibles. La democracia es una forma de gobierno que hay que cuidar, mantener y perfeccionar. Lo mismo sucede con el estado del bienestar, el cual deriva del reconocimiento de los derechos económicos y sociales. En cuanto a la protección de los derechos de la tercera generación, está muy poco desarrollada y es muy precaria. Defender los derechos humanos implica ser beligerante en el sentido de impedir que se den pasos hacia atrás y se destruya lo que ha tardado siglos en ser reconocido. No podemos eliminar el derecho a la protección de la salud o el derecho al trabajo sólo porque nos cueste convertirlos en derechos universales. Es necesario luchar para que lleguen realmente a todos. Es necesario luchar por la irreversibilidad de los derechos que se han empezado a conquistar.

4. Son derechos mejorables. Los derechos primeros, los derechos a la libertad, quizá son los más consolidados, a pesar de que, como hemos visto, la libertad se encuentra hoy ante amenazas imprevistas y nuevas. Por una parte, mejorar los derechos significa prestar atención a aquellas situaciones nuevas que ponen en peligro derechos que ya son indiscutibles: la salvaguardia de la intimidad personal, por ejemplo, necesita una especial protección ante las nuevas tecnologías de la comunicación. Por otro lado, la mejora de los derechos ha de ir por la vía de las declaraciones de derechos sectoriales. Hoy tenemos problemas que no eran contemplados como tales hace un siglo. La ciudadanía, por ejemplo, es un derecho muy confuso en estos momentos de grandes movimientos migratorios. Que por una parte se declare el derecho de cualquier persona a escoger un lugar de residencia, mientras, por otra, los estados pongan trabas y limitaciones a este derecho, es una incoherencia manifiesta. Mejorar los derechos, en definitiva, es mostrar quién sufre más la falta de derechos, dónde los derechos son más violados, dónde son menos respetados.