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Tres generaciones sucesivas de derechos
Victòria Camps.
Evolución y características de los derechos humanos. Los fundamentos de los derechos humanos desde la filosofía y el derecho. Colectivo. EDAI, 1998 (pag. 18 a 20)
La historia de los derechos humanos está constituida por una serie de decretos, cartas, actas y declaraciones que comienzan a tener una periodicidad continuada a partir del silo XVII y que culminan con la Declaración Universal de los ll.i Derechos Humanos de las Naciones Unidas de 1948. La evolución de los derechos es, sin duda, un progreso en la concepción y el sentido de las libertades humanas. Podemos decir que todos los derechos son una forma del derecho a la libertad, la cual no será posible ni real mientras carezca de unas condiciones mínimas e imprescindibles y mientras no sea un derecho garantizado y protegido para todos.
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La evolución de los derechos, desde estas primeras declaraciones hasta hoy, ha permitido establecer tres etapas conocidas como tres generaciones sucesivas de derechos humanos:

1. Los derechos de la primera generación son los derechos civiles y políticos: los derechos que garantizan las libertades individuales (de expresión, asociación, religión, etc.) y la participación política (fundamentalmente, el derecho al voto). Son los derechos a la libertad.

2. Los derechos de la segunda generación son los derechos económicos y sociales. Surgen como consecuencia de la revoluciones obreras de los siglos XIX y XX y de las distintas teorías socialistas. Así como los derechos de la primera generación consistían en la protección del individuo frente al poder del estado, estos derechos exigen una cierta intervención del estado para garantizar los bienes sociales básicos: educación, protección de la salud, trabajo, pensiones. Son los derechos a la igualdad.

3. Los derechos de la tercera generación han comenzado a tener relieve a partir de la segunda mitad de este siglo. Son los derechos que tratan de proteger las libertades individuales frente a las distintas «poluciones» que las amenazan, como consecuencia de las nuevas tecnologías y de las perversiones del sistema económico. Estamos hablando del derecho a la intimidad, el derecho a disfrutar de un aire puro, el derecho a recibir una buena información, los derechos del consumidor, el derecho a la protección del patrimonio, el derecho, en general, a tener una vida de calidad. Son los derechos de la solidaridad.

La libertad, la igualdad y la solidaridad se configuran, de esta forma y a partir de las declaraciones de derechos humanos, como los valores básicos de la vida humana en sociedad. Llevarlos a la práctica, impedir que sean violados o hacer que se respeten es mucho más difícil que hacer declaraciones teóricas. Pero por aquí se empieza. Hay que decir que tampoco está hecho todo el trabajo en el terreno de las declaraciones de principios. Desde la segunda mitad de nuestro siglo han proliferado las declaraciones de los llamados derechos "sectoriales": de las mujeres, de los niños, de los extranjeros. A medida que vamos descubriendo que existen colectivos especialmente excluidos y marginados, hay que reformular la declaración de principios refiriéndola a aquellos colectivos que aún no tienen plenamente reconocidos sus derechos. El trabajo de "recordar" aquello que ya está dicho o que se quiere ignorar parece no tener fin.